Acuerdo Extraordinario Nº 5937 TS

Acuerdo Extraordinario Nº 5937 TS

SE RESUELVE:
1°) Ratificar que todos los magistrados, funcionarios y empleados deberán concurrir a prestar funciones a las sedes de sus respectivos organismos, los días hábiles, en horario no inferior al habitual de 8 a 14 hs, o según el esquema que fije cada titular de organismo …

 

2°) Ampliar hasta el día 15 de junio del corriente la suspensión de los plazos procesales, registrales y administrativos para todos los organismos dependientes del Poder Judicial de la Provincia …

 

3°) Reanudar a partir del 8 de junio del corriente la atención al público en todas las dependencias del Poder Judicial de la Provincia, de manera limitada, gradual y controlada, comenzando con la atención restringida al único efecto de retirar expedientes en préstamo, retirar documentación en soporte papel que se encuentre a disposición, tomar vista de actuaciones cuando el retiro de expediente en préstamo no sea posible, bajo Protocolo específico –que como Anexo se integra al presente-, mediante un sistema de gestión de turnos previos que deberán ser solicitados por vía web desde la página institucional de este Poder Judicial (www.jusneuquen.gov.ar) …